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Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
138

Artículo 138 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un oficial es destituido (lo corren de su cargo por una falta grave), pierde todos los derechos que había ganado por sus años de servicio, como la pensión o antigüedad. También deja de poder usar el uniforme ni las medallas o reconocimientos que haya recibido. Además, queda inhabilitado, es decir, no puede volver a trabajar en el Ejército o la Fuerza Aérea por el tiempo que diga su sentencia (la decisión del juicio). En pocas palabras, es como si borraran su historial militar por completo durante ese periodo.

Texto oficial

Artículo 138.- El personal de oficiales destituidos de su empleo perderán los derechos adquiridos en virtud del tiempo de servicios prestados, y el de usar uniforme y condecoraciones, quedando inhabilitado para volver a pertenecer a la Fuerza Armada Permanente por el término que se fije en la sentencia. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 42) ↗

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