- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 179
Artículo 179 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Juez de Ejecución de Sentencias es el encargado de supervisar que se cumplan las condenas y medidas de seguridad que imponen los Tribunales Militares. Para que pueda hacer su trabajo, estos tribunales le deben enviar todos los documentos y pruebas necesarios. En otras palabras, este juez se asegura de que lo ordenado por los tribunales militares se lleve a cabo correctamente. No es un juez que juzgue el delito, sino uno que vigila que el castigo se aplique como debe ser.
Texto oficial
Artículo 179.- Corresponde al Juez de Ejecución de Sentencias, vigilar el cumplimiento de las penas y medidas de seguridad, impuestas por los Tribunales Militares, quienes deberán remitirle las constancias necesarias. Artículo reformado DOF 09-04-2012, 13-06-2014
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