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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/188
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
188

Artículo 188 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La prescripción es un plazo que la ley te da para reclamar algo o exigir un derecho; si dejas pasar ese tiempo sin hacer nada, ya no podrás exigirlo después. Solo cuenta que pase el tiempo que dice la ley, no necesitas hacer ningún trámite o declaración especial para que empiece a correr. Cada persona tiene su propio plazo, dependiendo de su situación, así que no es algo que se herede o se comparta. En corto, si no actúas dentro del tiempo legal, pierdes la oportunidad de reclamar.

Texto oficial

Artículo 188.- La prescripción es personal y para ella bastará el simple transcurso del tiempo señalado por la ley.

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 50) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.