- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 248
Artículo 248 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si pierdes la bandera o el estandarte de una corporación, ya sea dentro de un cuartel o durante una marcha, te pueden meter a la cárcel. En tiempos de paz, el castigo es de ocho meses de prisión. Pero si esto pasa durante una campaña militar, la condena sube a dos años.
Texto oficial
Artículo 248.- Quien extravíe la bandera o estandarte de una corporación en un cuartel o en marcha, se le sancionará, en tiempo de paz, con ocho meses de prisión, y en campaña, con dos años. Artículo reformado DOF 16-07-2025
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.