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Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
248

Artículo 248 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si pierdes la bandera o el estandarte de una corporación, ya sea dentro de un cuartel o durante una marcha, te pueden meter a la cárcel. En tiempos de paz, el castigo es de ocho meses de prisión. Pero si esto pasa durante una campaña militar, la condena sube a dos años.

Texto oficial

Artículo 248.- Quien extravíe la bandera o estandarte de una corporación en un cuartel o en marcha, se le sancionará, en tiempo de paz, con ocho meses de prisión, y en campaña, con dos años. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 62) ↗

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