- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 272
Artículo 272 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres soldado y te sales de las filas (eso es desertar) cuando el ejército enemigo está cerca, ya sea que vayas a pelear, estés esperando a la defensiva, te estén persiguiendo o te estés retirando, te van a castigar con una sentencia de 30 a 60 años de cárcel. Es una falta muy grave porque ocurre en una situación de peligro real para tu tropa, así que la ley es muy dura.
Texto oficial
Artículo 272.- Quien desertare frente al enemigo, marchando a encontrarlo, esperándolo a la defensiva, bajo su persecución o durante la retirada, se les impondrá pena de treinta a sesenta años de prisión. Artículo reformado DOF 29-06-2005, 16-07-2025
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