Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/273
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
273

Artículo 273 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un militar abandona su puesto durante el servicio o en una misión, se considera deserción si usó violencia, logró escapar de sus perseguidores o simplemente no volvió con sus superiores en 24 horas. Pero si el abandono ocurre estando frente al enemigo, se considera deserción en el mismo momento en que el soldado deja su lugar o el marinero abandona el barco o su unidad, sin necesidad de esperar el día completo. Esto aplica para cualquier miembro de las fuerzas armadas.

Texto oficial

Artículo 273.- La deserción en actos del servicio o en campaña, se entenderá perpetrada, siempre que para llevarla a cabo se hubiere empleado un medio violento, cuando el autor del delito se ponga fuera del alcance de las armas de sus perseguidores, o eluda toda persecución, y en defecto de lo anterior o de cualquiera otro hecho que demuestre la separación ilegal del servicio militar, por el transcurso de veinticuatro horas, sin que la persona de que se trate se presente a su inmediato superior o a la fuerza a que pertenezca. La deserción frente al enemigo se entenderá cometida en el acto de separarse un militar, indebidamente, de las filas, o un marino, del buque o fuerza a que pertenezca. Artículo reformado DOF 16-07-2025 CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 69 de 158

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 68) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.