- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 277
Artículo 277 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien usa engaños o trucos para no cumplir con una obligación del servicio militar, le pueden dar hasta 8 meses de cárcel. Por ejemplo, si un soldado se lesiona a propósito o finge una enfermedad para no hacer su deber. La ley castiga a quien intente evitar sus responsabilidades militares con mentiras o fraudes.
Texto oficial
Artículo 277.- Se impondrá la pena de ocho meses de prisión, a quien se valga de recursos o medios fraudulentos que lo imposibiliten para el cumplimiento de alguna obligación militar. CAPITULO VI Insultos, amenazas o violencias contra Centinelas, Guardias, Tropa formada, Salvaguardias, Seguridad Física a Instalaciones o Personas, Bandera y Fuerza Armada Permanente Denominación del Capítulo reformada DOF 16-07-2025
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.