- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 312
Artículo 312 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice las consecuencias de que un militar abandone su puesto. Si eres el comandante de un barco o de un puesto militar y lo dejas tirado sin haber hecho todo lo posible por defenderlo, te pueden tocar 12 años de cárcel. Pero si te dieron la orden clara de defenderlo pase lo que pase y lo abandonas o no haces la defensa como te ordenaron, entonces la condena sube de 30 a 60 años de prisión. Igual te llevan de 30 a 60 años si, aunque no seas comandante, como militar dejas el puesto que te asignaron para pelear o vigilar al enemigo. En pocas palabras, mientras más grave sea la responsabilidad o la orden que te dieron, más años de cárcel te pueden caer.
Texto oficial
Artículo 312.- El abandono de puesto se sancionará: Párrafo reformado DOF 16-07-2025 I.- Con la pena de doce años de prisión cuando el comandante de un buque o encargado de un puesto, defendiéndose en cualquiera de ellos, lo abandone o pierda, sin haber hecho todo lo posible para conservarlo y mantener el honor de las armas; II. Con pena de treinta a sesenta años de prisión, cuando el comandante de un puesto o buque, que habiendo recibido orden absoluta de defenderlo a toda costa, lo abandone o no haga la defensa que se le hubiere ordenado, y Fracción reformada DOF 29-06-2005 III. Con pena de treinta a sesenta años de prisión, cuando el militar abandone el puesto que tuviere señalado para defenderlo o para observar al enemigo. Fracción reformada DOF 29-06-2005
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.