- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 315
Artículo 315 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 315 habla sobre cuando un jefe militar deja su puesto sin permiso. En tiempos normales o de paz, la cárcel será de un año y medio. Si el abandono ocurre durante una guerra o campaña militar, la condena sube a seis años. Y si pasa estando frente al enemigo, la pena es mucho más grave: de 30 a 60 años de prisión.
Texto oficial
Artículo 315.- El abandono de mando se sancionará con un año y seis meses de prisión en tiempo de paz; con seis años de prisión, en campaña; y con pena de treinta a sesenta años de prisión si se efectuare frente al enemigo. Artículo reformado DOF 29-06-2005
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