- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 319
Artículo 319 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres parte de la tripulación de un barco de la Armada de México y lo abandonas sin una razón muy fuerte y justificada, te van a castigar con cárcel. Si ese barco escoltaba a otros barcos de guerra o mercantes que llevaban tropas, armas, comida o dinero del gobierno, y por tu culpa el enemigo atrapó o destruyó alguno, te pueden dar de 30 a 60 años de prisión. Si no pasó eso, pero el barco no transportaba nada de lo anterior, te tocan 10 años de cárcel. Si por tu abandono el barco se hundió y murió gente o se perdió la carga, la condena sube a 11 años. En cualquier otro caso menos grave, la pena es de 7 meses de cárcel y te corren del trabajo.
Texto oficial
Artículo 319.- El personal de la Armada de México de un buque o convoy, que lo abandone sin motivo poderoso ni justificado, se le impondrá la pena: Párrafo reformado DOF 16-07-2025 I. De treinta a sesenta años de prisión, si el escoltado fuere buque de la armada o convoy o buque mercante que transporte tropas, efectos militares, víveres, combustible, pertrechos de guerra o caudales del Estado, y si por el abandono fueren apresados o destruidos por el enemigo, alguno o todos los buques; Fe de erratas a la fracción DOF 27-09-1933. Reformada DOF 29-06-2005 II.- De diez años de prisión si no fuere apresado ni destruido por el enemigo ningún buque de los convoyados, o si no transportare tropas ni efectos de los que expresa la fracción anterior; Fracción reformada DOF 16-07-2025 CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 80 de 158 III.- De once años de prisión, si por el abandono resultare naufragio, y la pérdida de toda o parte de la tripulación, tropas o efectos, y Fracción reformada DOF 16-07-2025 IV.- De siete meses de prisión y destitución de empleo, en todos los demás casos. Fracción reformada DOF 16-07-2025
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.