- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 339
Artículo 339 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un grupo de personas se pone de acuerdo para platicar o discutir, de manera planeada, sobre lo que hace su jefe, pero diciendo cosas que inciten a no obedecerlo o a faltarle al respeto, les puede ir mal. Si esto pasa en tiempo de paz, el castigo es un año de cárcel. Si ocurre cuando están en una misión militar, la condena sube a dos años. Y si están en plena batalla, enfrentando al enemigo, persiguiéndolo o retirándose, el castigo es de diez años de prisión.
Texto oficial
Artículo 339.- Quienes deliberen en grupo sobre actos de un superior, en términos que exciten a la desobediencia, o a la falta de respeto hacia él, serán sancionados: Párrafo reformado DOF 16-07-2025 I.- Con un año de prisión en tiempo de paz; II.- Con dos años de prisión estando en campaña, y Fracción reformada DOF 16-07-2025 III.- Con diez años de prisión estando frente al enemigo, o esperándolo a la defensiva, marchando a encontrarlo, bajo la persecución o durante la retirada. Fracción reformada DOF 16-07-2025
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.