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Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
339

Artículo 339 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un grupo de personas se pone de acuerdo para platicar o discutir, de manera planeada, sobre lo que hace su jefe, pero diciendo cosas que inciten a no obedecerlo o a faltarle al respeto, les puede ir mal. Si esto pasa en tiempo de paz, el castigo es un año de cárcel. Si ocurre cuando están en una misión militar, la condena sube a dos años. Y si están en plena batalla, enfrentando al enemigo, persiguiéndolo o retirándose, el castigo es de diez años de prisión.

Texto oficial

Artículo 339.- Quienes deliberen en grupo sobre actos de un superior, en términos que exciten a la desobediencia, o a la falta de respeto hacia él, serán sancionados: Párrafo reformado DOF 16-07-2025 I.- Con un año de prisión en tiempo de paz; II.- Con dos años de prisión estando en campaña, y Fracción reformada DOF 16-07-2025 III.- Con diez años de prisión estando frente al enemigo, o esperándolo a la defensiva, marchando a encontrarlo, bajo la persecución o durante la retirada. Fracción reformada DOF 16-07-2025

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 83) ↗

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