- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 344
Artículo 344 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagínate que te llega un documento falso, tú sabes que es falso, pero no dices nada cuando lo usas o cuando hablas de lo que dice. También aplica si certificas algo como verdadero sin haberlo visto o comprobado, aunque después resulte que sí era cierto. En ambos casos, te pueden meter a la cárcel por once meses. La ley te pide que siempre digas la verdad sobre los documentos que manejas o sobre lo que afirmas que pasó.
Texto oficial
Artículo 344.- Quien conociendo la falsedad de cualquier documento no la revele al darle curso o al informar acerca de su contenido, y al que certifique hechos que no le consten aunque sean ciertos, se le impondrá la pena de once meses de prisión. Artículo reformado DOF 16-07-2025
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.