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Artículo 35 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La biblioteca tendrá principalmente leyes, jurisprudencia (decisiones de tribunales), decretos y circulares relacionadas con el fuero militar (asuntos legales del ejército). También tendrá libros, folletos y otras publicaciones sobre temas militares y generales, además de los periódicos oficiales del gobierno. En pocas palabras, es una colección de documentos legales y militares.

Texto oficial

Artículo 35.- La biblioteca se formará, esencialmente, de todas las leyes, jurisprudencia, decretos y circulares relacionados con el fuero militar, así como de las obras, folletos y demás publicaciones que se editen con referencia a asuntos militares y generales; y de los periódicos oficiales. Artículo reformado DOF 16-05-2016 CAPITULO III BIS De la Coordinación de Servicios Periciales y Ciencias Forenses. Capítulo adicionado DOF 16-05-2016

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.