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Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
368

Artículo 368 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Quien sea el capitán de un barco y ponga una bandera falsa (que no sea la del país al que pertenece) para empezar o seguir una pelea en el mar, se va a la cárcel por cuatro años. Esto aplica aunque la bandera sea de otro país, porque engañar con la bandera es la trampa. La ley castiga a quien use ese truco para atacar o defenderse en un combate naval. Simple: si eres capitán y usas bandera falsa para pelear, te toca prisión.

Texto oficial

Artículo 368.- Será castigado con la pena de cuatro años de prisión, la persona comandante de buque que arbolando bandera falsa, inicie o sostenga combate. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 89) ↗

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