- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 368
Artículo 368 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Quien sea el capitán de un barco y ponga una bandera falsa (que no sea la del país al que pertenece) para empezar o seguir una pelea en el mar, se va a la cárcel por cuatro años. Esto aplica aunque la bandera sea de otro país, porque engañar con la bandera es la trampa. La ley castiga a quien use ese truco para atacar o defenderse en un combate naval. Simple: si eres capitán y usas bandera falsa para pelear, te toca prisión.
Texto oficial
Artículo 368.- Será castigado con la pena de cuatro años de prisión, la persona comandante de buque que arbolando bandera falsa, inicie o sostenga combate. Artículo reformado DOF 16-07-2025
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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