Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/372
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
372

Artículo 372 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 372 habla de lo que le pasa a un oficial de guardia en un barco que descuida su deber. Si ese oficial se duerme, se emborracha, se droga a propósito o se distrae en lugar de vigilar, puede ir a la cárcel. La cantidad de años en prisión depende de lo grave que sea el resultado de su descuido. Si por su culpa se pierde el barco o choca con otro, le tocan 9 años de cárcel. Si solo causa daños graves al barco o a otro, pero no se pierde, son 3 años y medio; y si no pasa nada de eso, son 4 meses.

Texto oficial

Artículo 372.- La persona que desempeñe el servicio de oficial de guardia que se durmiere, embriagare o se procure voluntariamente cualquiera perturbación transitoria de sus facultades mentales, o se ocupare en cualquiera distracción que lo separe de la constante vigilancia que debe observar en su servicio, conforme a la Ordenanza sufrirá la pena: Párrafo reformado DOF 16-07-2025 I.- De nueve años de prisión, si por esta causa se perdiere el buque por apresamiento, varada o naufragio, o se causare el naufragio de otro, por abordaje o se verificare el hecho al frente del enemigo; II.- De tres años y seis meses de prisión, si por esta causa sin perderse el buque, se ocasionaren en él averías graves o se causaren a otro buque por abordaje, o se perdiere el puesto, y Fracción reformada DOF 16-07-2025 III.- De cuatro meses de prisión, en cualquier otro caso. Fracción reformada DOF 16-07-2025

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 90) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.