- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 373
Artículo 373 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si cuidas un horno, estufa o cualquier fuente de fuego (como un fogón), y además tienes la responsabilidad de vigilar luces o velas, pero permites que alguien haga algo que pueda provocar un incendio, te pueden meter a la cárcel por nueve meses. O sea, si por descuido o porque dejas que alguien juegue con el fuego, causas peligro de incendio, la ley te castiga con esa temporada en prisión.
Texto oficial
Artículo 373.- Las personas vigilantes de fogones y quienes tengan luces consignadas, que permitan actos que puedan producir incendio, serán castigados con la pena de nueve meses de prisión. Artículo reformado DOF 16-07-2025
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.