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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/373
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
373

Artículo 373 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si cuidas un horno, estufa o cualquier fuente de fuego (como un fogón), y además tienes la responsabilidad de vigilar luces o velas, pero permites que alguien haga algo que pueda provocar un incendio, te pueden meter a la cárcel por nueve meses. O sea, si por descuido o porque dejas que alguien juegue con el fuego, causas peligro de incendio, la ley te castiga con esa temporada en prisión.

Texto oficial

Artículo 373.- Las personas vigilantes de fogones y quienes tengan luces consignadas, que permitan actos que puedan producir incendio, serán castigados con la pena de nueve meses de prisión. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 90) ↗

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