- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 376
Artículo 376 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo del Código de Justicia Militar dice que un piloto puede ir a la cárcel de 30 a 60 años si hace cualquiera de estas dos cosas en una guerra: destruye a propósito su propio avión cuando está frente al enemigo, o se niega a volar en la zona de combate que le asignaron. También aplica si el piloto se sale de esa zona sin permiso, se esconde o le da la espalda al enemigo para no pelear. Aquí "dolosamente" significa que lo hace a propósito, sabiendo que está mal. La ley castiga estas acciones porque se consideran una traición en tiempos de guerra, y la pena es muy alta para que los pilotos cumplan con su deber.
Texto oficial
Artículo 376.- Será sancionada con pena de treinta a sesenta años de prisión: I.- La persona aviadora que frente al enemigo dolosamente destruya su aeronave, y II.- La persona aviadora que rehusare operar en la zona que se le hubiese señalado en el combate o que sin autorización se separe de aquélla, se ocultare o volviere la espalda al enemigo. Artículo reformado DOF 29-06-2005, 16-07-2025
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.