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Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
414

Artículo 414 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si estás en un duelo, o sea, una pelea planeada entre dos personas, y hieres o matas al otro cuando ya está en el suelo, sin armas o sin poder defenderse por cualquier razón, la ley te castiga más fuerte. Te consideran como alguien que actuó con premeditación, es decir, que lo pensaste antes, aprovechándote de tu ventaja y sin que fuera una pelea normal. Básicamente, no vale la pena atacar a alguien que ya no puede defenderse, porque te va a ir peor ante la justicia.

Texto oficial

Artículo 414.- El que en un duelo hiera o mate a su adversario, estando éste caído, desarmado o en la imposibilidad de defenderse por cualquiera otra causa, será castigado como heridor u homicida, con premeditación, con ventaja y fuera de riña.

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 98) ↗

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