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Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
429

Artículo 429 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres testigo en una investigación o juicio y dices una mentira sobre algo importante para saber la verdad, te pueden castigar con dos años en la cárcel. Eso aplica tanto si inventas algo como si niegas u ocultas información que pueda servir para probar si alguien es culpable o no. Si tu mentira se usa como prueba y por eso condenan a una persona a una pena más grave de la que merecía, entonces el castigo sube a cinco años de prisión. En pocas palabras, declarar falso como testigo tiene consecuencias serias, y más si tu mentira provoca una condena injusta.

Texto oficial

Artículo 429.- Será sancionado con la pena de dos años de prisión, quien declare falsamente como testigo en una investigación o en un proceso, ya sea afirmando, negando u ocultando la existencia de alguna circunstancia que pueda servir de prueba de la verdad o falsedad del hecho u omisión imputados, o que aumente o disminuya su gravedad. La pena será de cinco años si al falso testimonio se le hubiere dado fuerza probatoria, y se ha impuesto a la persona sentenciada una pena mayor de la que le correspondería sin ese testimonio o si por éste se le hubiese condenado. Fe de erratas al párrafo DOF 27-09-1933. Reformado DOF 13-06-2014, 16-07-2025

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 101) ↗

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