Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/548
- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 548
Artículo 548 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada. La palabra "derogado" significa que fue eliminado oficialmente de la ley el 16 de mayo de 2016. Como ya no existe, no tienes que preocuparte por cumplirlo ni tomarlo en cuenta. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera estado vigente desde esa fecha.
Texto oficial
Artículo 548.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.