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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/548
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
548

Artículo 548 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada. La palabra "derogado" significa que fue eliminado oficialmente de la ley el 16 de mayo de 2016. Como ya no existe, no tienes que preocuparte por cumplirlo ni tomarlo en cuenta. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera estado vigente desde esa fecha.

Texto oficial

Artículo 548.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 110) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.