- Ley
- CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
- Artículo
- 1064
Artículo 1064 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las reglas de este capítulo aplican para todos los casos de "embargo judicial", que es cuando un juez ordena retener bienes para pagar una deuda. Pero la excepción es si el mismo Código Nacional menciona, de manera clara y específica, que en algún caso se debe hacer diferente. En pocas palabras, estas reglas se usan como base, a menos que el propio Código diga "para este caso no aplican".
Texto oficial
Artículo 1064. Las disposiciones de este Capítulo resultan aplicables a todos los casos de embargo judicial, salvo aquéllos en que este Código Nacional disponga expresamente otra cosa. Capítulo IV Del Remate en Subasta Pública
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