- Ley
- CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
- Artículo
- 1087
Artículo 1087 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Desde que se anuncia la subasta judicial (remate) y mientras dure, los planos del inmueble tienen que estar a la vista de todos, y los avalúos (documentos que dicen cuánto vale la propiedad) también deben poder consultarse. Esto es para que cualquier persona interesada pueda revisar la información antes de participar.
Texto oficial
Artículo 1087. Desde que se anuncie el remate y durante éste, se pondrán de manifiesto los planos que hubiere y estarán a la vista los avalúos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.