- Ley
- CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
- Artículo
- 11
Artículo 11 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las acciones legales se dividen según lo que buscan. Las **reales** son para reclamar algo que te pertenece, como una casa o un terreno. Las **personales** sirven para exigirle a alguien que te pague una deuda o cumpla un trato. Las del **estado civil** son para cosas como cambiar tu acta de nacimiento, divorciarte o que te reconozcan como padre de alguien.
Texto oficial
Artículo 11. Por razón de su objeto, las acciones se clasifican en: I. Reales; II. Personales, y III. Del estado civil de las personas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.