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Ley
CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Artículo
11

Artículo 11 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las acciones legales se dividen según lo que buscan. Las **reales** son para reclamar algo que te pertenece, como una casa o un terreno. Las **personales** sirven para exigirle a alguien que te pague una deuda o cumpla un trato. Las del **estado civil** son para cosas como cambiar tu acta de nacimiento, divorciarte o que te reconozcan como padre de alguien.

Texto oficial

Artículo 11. Por razón de su objeto, las acciones se clasifican en: I. Reales; II. Personales, y III. Del estado civil de las personas.

Ver texto oficial del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (pág. 8) ↗

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