- Ley
- CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
- Artículo
- 360
Artículo 360 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los jueces y juzgados deben resolver el problema principal de tu pleito, no solo decir que no procede por un error técnico. Si llevas tu caso a un juicio, la autoridad tiene que buscar la manera de darte una respuesta de fondo, es decir, sobre lo que realmente estás reclamando. No se trata de que te pongan trabas o te rechacen por cosas sin importancia. La idea es que, en la medida de lo posible, siempre se te dé una solución real a tu controversia.
Texto oficial
Artículo 360. Siempre se procurará resolver el fondo de todas las controversias planteadas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.