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Ley
CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Artículo
360

Artículo 360 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jueces y juzgados deben resolver el problema principal de tu pleito, no solo decir que no procede por un error técnico. Si llevas tu caso a un juicio, la autoridad tiene que buscar la manera de darte una respuesta de fondo, es decir, sobre lo que realmente estás reclamando. No se trata de que te pongan trabas o te rechacen por cosas sin importancia. La idea es que, en la medida de lo posible, siempre se te dé una solución real a tu controversia.

Texto oficial

Artículo 360. Siempre se procurará resolver el fondo de todas las controversias planteadas.

Ver texto oficial del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (pág. 90) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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