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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CNPCF/445
Ley
CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Artículo
445

Artículo 445 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las personas mayores de edad tienen plena capacidad para tomar decisiones legales por sí mismas. La ley dice que, si alguien necesita ayuda para entender o firmar documentos, puede recibir apoyo, como que le expliquen las cosas claras o lo ayuden a comunicar lo que quiere. Ese apoyo puede usarse para cualquier trámite o contrato, incluso en los que la ley pide que la persona esté presente. Nadie está obligado a usar ese apoyo si no quiere, a menos que el siguiente artículo diga lo contrario. En resumen, eres libre de decidir por ti mismo, y si necesitas ayuda, la puedes pedir, pero no te la pueden imponer.

Texto oficial

Artículo 445. Todas las personas mayores de edad tienen capacidad jurídica plena. El código civil respectivo regulará las modalidades en que las personas puedan recibir apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, que son formas de apoyo que se prestan a la persona para facilitar el ejercicio de sus derechos, incluyendo el apoyo en la comunicación, la comprensión de los actos jurídicos y sus consecuencias, y la manifestación de la voluntad. Puede ser objeto de apoyo cualquier acto jurídico, incluidos aquellos para los que la ley exige la intervención personal del interesado. Nadie puede ser obligado a ejercer su capacidad jurídica mediante apoyos, salvo lo señalado en el artículo siguiente.

Ver texto oficial del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (pág. 105) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.