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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CNPCF/533
Ley
CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Artículo
533

Artículo 533 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las partes involucradas en un conflicto pueden decidir resolverlo mediante arbitraje, en lugar de ir a juicio ante un juez. El arbitraje es como un juicio privado donde un árbitro o un grupo de personas toma una decisión final. Tú y la otra persona deben estar de acuerdo en usar esta opción. Es una forma alternativa de resolver problemas sin necesidad de ir a los tribunales tradicionales.

Texto oficial

Artículo 533. Las partes tienen el derecho de someter sus controversias al juicio arbitral.

Ver texto oficial del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (pág. 122) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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