- Ley
- CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
- Artículo
- 652
Artículo 652 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres extranjero y vives en México, tienes que cumplir con los mismos requisitos que los mexicanos para hacer ciertos trámites. Es decir, no hay diferencias ni privilegios especiales por ser de otro país. Lo único que importa es que tengas tu residencia legal aquí. Esto aplica para lo que diga la ley en cada caso, como sacar documentos o permisos.
Texto oficial
Artículo 652. Tratándose de extranjeros con residencia en el país, deberán acreditar los mismos requisitos que las personas nacionales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.