- Ley
- CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
- Artículo
- 715
Artículo 715 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien muere sin dejar testamento, sus familiares deben iniciar un juicio especial llamado "intestado". Para empezar, hay que cumplir con todos los requisitos y entregar los documentos que pide el Código Nacional. Si el juez ve que todo está en orden, acepta el caso y manda avisar a los posibles herederos, como hijos, esposo, esposa o pareja, para que vayan al juzgado a reclamar lo que les toque. También se le informa al Ministerio Público para que vigile el proceso. Si desde el principio los interesados ya están de acuerdo en quién será el albacea (la persona encargada de administrar la herencia) y son reconocidos como herederos, el juez confirma esa decisión y nombra oficialmente al albacea.
Texto oficial
Artículo 715. Al promoverse un intestado, deberá darse cumplimiento con los requisitos y exhibir los documentos señalados en este Código Nacional. Si la autoridad jurisdiccional encuentra apegada a derecho la denuncia, la radicará y ordenará girar los oficios respectivos y mandará notificar a los presuntos herederos, cónyuge que sobreviva o concubina, concubinario o conviviente, haciéndoles saber la radicación del juicio sucesorio para que comparezcan a deducir los posibles derechos hereditarios que consideren les correspondan, con citación del Ministerio Público. Si las personas interesadas desde su presentación otorgaron su voto para la designación de albacea y fueren reconocidos como los herederos de la persona cuya sucesión se trata, la autoridad jurisdiccional deberá ordenar la ratificación de sus votos, y procederá a reconocer al albacea que resulte nombrado conforme a la ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.