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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CNPCF/746
Ley
CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Artículo
746

Artículo 746 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien se opone tanto a la lista de bienes del difunto (el inventario) como al precio que se les puso (el avalúo), o cuando hay varios pleitos separados sobre estos temas, la ley dice que todos esos asuntos se juntan y se resuelven en una sola junta donde se habla todo de viva voz. Así se evita que haya decisiones que se contradigan entre sí. Es como si, en vez de hacer varias peleas por separado, las juntas en una sola para que el juez decida todo al mismo tiempo.

Texto oficial

Artículo 746. Si las oposiciones tuvieran por objeto impugnar simultáneamente el inventario y el avalúo, o se tramitaran diversos incidentes, estos se acumularán y se resolverán en una sola audiencia oral, a fin de evitar contradicción alguna.

Ver texto oficial del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (pág. 168) ↗

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