- Ley
- CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
- Artículo
- 889
Artículo 889 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que un juez federal puede usar hasta cuatro herramientas para obligar a alguien a cumplir una orden. Primero, puede multarte con hasta 30 mil Unidades de Medida y Actualización (como unos 300 mil pesos) por cada día que no obedezcas. Segundo, puede pedir ayuda a la policía y hasta romper chapas si es necesario para entrar a un lugar. Tercero, puede hacer un cateo, pero con una orden por escrito. Cuarto, puede arrestarte por máximo 36 horas. Si nada de esto funciona, te pueden acusar de desobediencia, que es un delito.
Texto oficial
Artículo 889. La autoridad jurisdiccional federal, para hacer cumplir sus determinaciones, puede emplear, a discreción, los siguientes medios de apremio: I. Multa hasta por la cantidad equivalente a treinta mil Unidades de Medida y Actualización, cantidad que podrá aplicarse por cada día que transcurra sin cumplimentarse lo ordenado por la autoridad jurisdiccional; II. El auxilio de la fuerza pública y la fractura de cerraduras si fuere necesario; III. El cateo por orden escrita; IV. El arresto hasta por treinta y seis horas. Si fuere insuficiente el apremio, se procederá contra la persona rebelde por el delito de desobediencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.