- Ley
- CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
- Artículo
- 908
Artículo 908 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El recurso de apelación es como pedirle a un juez de segunda vuelta que revise una decisión que no te gustó. Lo que este juez puede hacer es dejar las cosas igual ('confirmar'), echar para atrás la decisión ('revocar') o cambiarle algunas partes ('modificar'). Sirve para que alguien más, con más autoridad, chequé si lo que dijo el primer juez estuvo bien o estuvo mal. En otras palabras, es tu derecho a inconformarte y buscar que un juez superior corrija un fallo que consideras injusto.
Texto oficial
Artículo 908. El recurso de apelación tiene por objeto que la autoridad jurisdiccional de apelación confirme, revoque o modifique la resolución impugnada.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.