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Ley
CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Artículo
908

Artículo 908 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El recurso de apelación es como pedirle a un juez de segunda vuelta que revise una decisión que no te gustó. Lo que este juez puede hacer es dejar las cosas igual ('confirmar'), echar para atrás la decisión ('revocar') o cambiarle algunas partes ('modificar'). Sirve para que alguien más, con más autoridad, chequé si lo que dijo el primer juez estuvo bien o estuvo mal. En otras palabras, es tu derecho a inconformarte y buscar que un juez superior corrija un fallo que consideras injusto.

Texto oficial

Artículo 908. El recurso de apelación tiene por objeto que la autoridad jurisdiccional de apelación confirme, revoque o modifique la resolución impugnada.

Ver texto oficial del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (pág. 207) ↗

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