- Ley
- CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
- Artículo
- 973
Artículo 973 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 973 dice que no puedes usar documentos, sellos o firmas electrónicas para hacer cosas ilegales o no autorizadas. Si alguien los usa mal, las autoridades van a avisar a los afectados para que ellos mismos hagan los trámites necesarios ante las oficinas del gobierno o los jueces correspondientes. En pocas palabras, prohíbe el mal uso de estos recursos digitales y deja en manos de los perjudicados el reportarlo.
Texto oficial
Artículo 973. No se deberán usar los documentos, sellos y firmas electrónicas para fines indebidos, por lo que ante ello se dará vista a los interesados para que realicen las gestiones pertinentes ante los órganos administrativos o autoridades correspondientes. Libro Noveno De la Sentencia, Vía de Apremio y su Ejecución Título Único De la Ejecución de la Sentencia Capítulo I De la Sentencia Ejecutoriada y Cosa Juzgada
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.