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Ley
CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
Artículo
127

Artículo 127 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Ministerio Público (la agencia del gobierno que persigue delitos) es el jefe de la investigación. Su trabajo es dirigir a la policía y a los expertos forenses para averiguar qué pasó. También decide si acusa a alguien ante un juez o no. Y si es necesario, ordena hacer todas las pruebas que sirvan para comprobar si realmente se cometió un delito y quién fue el responsable.

Texto oficial

Artículo 127. Competencia del Ministerio Público Compete al Ministerio Público conducir la investigación, coordinar a las Policías y a los servicios periciales durante la investigación, resolver sobre el ejercicio de la acción penal en la forma establecida por la ley y, en su caso, ordenar las diligencias pertinentes y útiles para demostrar, o no, la existencia del delito y la responsabilidad de quien lo cometió o participó en su comisión.

Ver texto oficial del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales (pág. 36) ↗

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