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Ley
CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
Artículo
213

Artículo 213 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La investigación la hace el Ministerio Público (la fiscalía) para juntar pistas y aclarar lo que pasó en un delito. También busca conseguir pruebas que sirvan para acusar a la persona sospechosa y pedir que le paguen los daños a la víctima. En pocas palabras, su objetivo es reunir evidencia suficiente para llevar el caso ante un juez.

Texto oficial

Artículo 213. Objeto de la investigación La investigación tiene por objeto que el Ministerio Público reúna indicios para el esclarecimiento de los hechos y, en su caso, los datos de prueba para sustentar el ejercicio de la acción penal, la acusación contra el imputado y la reparación del daño.

Ver texto oficial del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales (pág. 67) ↗

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