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Ley
CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
Artículo
214

Artículo 214 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades que investigan delitos tienen que seguir reglas muy claras para hacer su trabajo bien y sin abusar. Estas reglas son: actuar conforme a la ley (legalidad), ser imparciales (objetividad), trabajar de manera rápida y útil (eficiencia), ser personas capacitadas (profesionalismo), ser honestas (honradez), ser leales a su labor y respetar en todo momento los derechos humanos que están en la Constitución y los tratados internacionales.

Texto oficial

Artículo 214. Principios que rigen a las autoridades de la investigación Las autoridades encargadas de desarrollar la investigación de los delitos se regirán por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, lealtad y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los Tratados.

Ver texto oficial del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales (pág. 67) ↗

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