- Ley
- CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
- Artículo
- 214
Artículo 214 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades que investigan delitos tienen que seguir reglas muy claras para hacer su trabajo bien y sin abusar. Estas reglas son: actuar conforme a la ley (legalidad), ser imparciales (objetividad), trabajar de manera rápida y útil (eficiencia), ser personas capacitadas (profesionalismo), ser honestas (honradez), ser leales a su labor y respetar en todo momento los derechos humanos que están en la Constitución y los tratados internacionales.
Texto oficial
Artículo 214. Principios que rigen a las autoridades de la investigación Las autoridades encargadas de desarrollar la investigación de los delitos se regirán por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, lealtad y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los Tratados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.