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Artículo 236 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo del Código Nacional de Procedimientos Penales habla sobre cosas grandes, como barcos, aviones, carros, máquinas o grúas, que estén relacionadas con un delito. Primero, unos expertos (peritos) las revisan para buscar pistas o evidencias. Después, en lugar de quedarse con el objeto completo, las autoridades toman fotos o videos de todo el objeto y también de los lugares donde encontraron manchas, huellas, drogas, armas o explosivos. Así evitan mover cosas enormes y guardan las pruebas de manera más fácil.

Texto oficial

Artículo 236. Objetos de gran tamaño CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-11-2025 74 de 168 Los objetos de gran tamaño, como naves, aeronaves, vehículos automotores, máquinas, grúas y otros similares, después de ser examinados por peritos para recoger indicios que se hallen en ellos, podrán ser videograbados o fotografiados en su totalidad y se registrarán del mismo modo los sitios en donde se hallaron huellas, rastros, narcóticos, armas, explosivos o similares que puedan ser objeto o producto de delito.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 73) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.