Artículo 305 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Puedes pedir que se presente una prueba antes del juicio desde que pones la denuncia o queja, hasta justo antes de que empiece la audiencia del juicio oral. El juez va a citar a todos los que tienen derecho a estar en el juicio y, después de escucharlos, decidirá si esa prueba se puede perder si se espera hasta el juicio. Si el juez ve que hay riesgo de que se pierda, la va a aceptar y la va a desahogar en ese momento, dándoles a todas las partes el derecho de participar como si fuera el juicio normal. Si el acusado está detenido, lo llevarán a la sala para que se entere de lo que se está haciendo, ya sea en persona, por teleconferencia o por otro medio. Si todavía no se ha identificado al acusado, se le asignará un defensor público para que lo represente en esa audiencia.
Texto oficial
Artículo 305. Procedimiento para prueba anticipada La solicitud de desahogo de prueba anticipada podrá plantearse desde que se presenta la denuncia, querella o equivalente y hasta antes de que dé inicio la audiencia de juicio oral. Cuando se solicite el desahogo de una prueba en forma anticipada, el Órgano jurisdiccional citará a audiencia a todos aquellos que tuvieren derecho a asistir a la audiencia de juicio oral y luego de escucharlos valorará la posibilidad de que la prueba por anticipar no pueda ser desahogada en la audiencia de juicio oral, sin grave riesgo de pérdida por la demora y, en su caso, admitirá y desahogará la prueba en el mismo acto otorgando a las partes todas las facultades previstas para su participación en la audiencia de juicio oral. El imputado que estuviere detenido será trasladado a la sala de audiencias para que se imponga en forma personal, por teleconferencia o cualquier otro medio de comunicación, de la práctica de la diligencia. En caso de que todavía no exista imputado identificado se designará un Defensor público para que intervenga en la audiencia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.