- Ley
- CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
- Artículo
- 418
Artículo 418 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 418 dice que no se puede usar el procedimiento abreviado con personas inimputables. Ser inimputable significa que alguien no se le puede culpar de un delito por una enfermedad mental o por no haber desarrollado su capacidad de entender lo que hace. El procedimiento abreviado es un atajo legal para resolver un juicio más rápido, pero en este caso no aplica.
Texto oficial
Artículo 418. Prohibición de procedimiento abreviado El procedimiento abreviado no será aplicable a personas inimputables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.