- Ley
- CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
- Artículo
- 429
Artículo 429 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando una persona (no el gobierno) quiere acusar a alguien de un delito, debe presentar su queja ante un juez en una audiencia. En esa audiencia, tiene que dar los siguientes datos: su nombre y domicilio; si es una empresa, el nombre de la empresa y de su representante legal; el nombre del acusado y cómo localizarlo; una explicación clara de los hechos y las pruebas que muestren que probablemente el acusado cometió el delito, los daños que causó y su valor aproximado. También debe mencionar las leyes en las que se apoya y pedir algo específico y entendible al juez.
Texto oficial
Artículo 429. Requisitos formales y materiales El ejercicio de la acción penal por particular hará las veces de presentación de la querella y deberá sustentarse en audiencia ante el Juez de control con los requisitos siguientes: I. El nombre y el domicilio de la víctima u ofendido; CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-11-2025 124 de 168 II. Si la víctima o el ofendido son una persona jurídica, se indicará su razón social y su domicilio, así como el de su representante legal; III. El nombre del imputado y, en su caso, cualquier dato que permita su localización; IV. El señalamiento de los hechos que se consideran delictivos, los datos de prueba que los establezcan y determinen la probabilidad de que el imputado los cometió o participó en su comisión, los que acrediten los daños causados y su monto aproximado, así como aquellos que establezcan la calidad de víctima u ofendido; V. Los fundamentos de derecho en que se sustenta la acción, y VI. La petición que se formula, expresada con claridad y precisión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.