- Ley
- CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
- Artículo
- 434
Artículo 434 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de cómo las autoridades de México y de otros países se ayudan mutuamente cuando investigan delitos. La idea es que cooperen lo más posible para encontrar pruebas y perseguir a los responsables, siguiendo los acuerdos internacionales que México ha firmado y sus propias leyes. Sin embargo, esta ayuda solo se puede pedir para conseguir pruebas que la autoridad que investiga o un juez necesiten para aclarar el caso. No se puede usar para obtener pruebas que quieran presentar los acusados o sus abogados, aunque un juez las haya aceptado. En pocas palabras, sirve para que las autoridades consigan evidencia, no para que la defensa la busque.
Texto oficial
Artículo 434. Ámbito de aplicación La asistencia jurídica internacional tiene como finalidad brindar apoyo entre las autoridades competentes en relación con asuntos de naturaleza penal. De conformidad con los compromisos internacionales suscritos por el Estado mexicano en materia de asistencia jurídica, así como de los respectivos ordenamientos internos, se deberá prestar la mayor colaboración para la investigación y persecución de los delitos, y en cualquiera de las actuaciones comprendidas en el marco de procedimientos del orden penal que sean competencia de las autoridades de la parte requirente en el momento en que la asistencia sea solicitada. La asistencia jurídica sólo podrá ser invocada para la obtención de medios de prueba ordenados por la autoridad investigadora, o bien la judicial para mejor proveer, pero jamás para las ofrecidas por los imputados o sus defensas, aún cuando sean aceptadas o acordadas favorablemente por las autoridades judiciales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.