Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CNPP/485
Ley
CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
Artículo
485

Artículo 485 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que el derecho del gobierno para investigar, castigar o ejecutar una condena se acaba por varias razones. Por ejemplo: si la persona ya cumplió su condena; si muere el acusado; si se demuestra que era inocente; si la víctima lo perdona en delitos que requieren su queja; o si recibe un perdón oficial llamado indulto o amnistía. También se acaba si el delito ya no es ilegal, si pasó mucho tiempo sin que lo persigan, si ya lo juzgaron antes por lo mismo, o si aceptó una solución alternativa al juicio. En pocas palabras, son las formas en que legalmente se da por cerrado un caso penal.

Texto oficial

Artículo 485. Causas de extinción de la acción penal La pretensión punitiva y la potestad para ejecutar las penas y medidas de seguridad se extinguirán por las siguientes causas: CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-11-2025 138 de 168 I. Cumplimiento de la pena o medida de seguridad; II. Muerte del acusado o sentenciado; III. Reconocimiento de inocencia del sentenciado o anulación de la sentencia; IV. Perdón de la persona ofendida en los delitos de querella o por cualquier otro acto equivalente; V. Indulto; VI. Amnistía; VII. Prescripción; VIII. Supresión del tipo penal; IX. Existencia de una sentencia anterior dictada en proceso instaurado por los mismos hechos, o X. El cumplimiento del criterio de oportunidad o la solución alterna correspondiente.

Ver texto oficial del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales (pág. 137) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.