Artículo 11 de la CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tienes derecho a entrar y salir de México, viajar por todo el país y cambiar de domicilio sin que te pidan documentos como cartas de seguridad, pasaporte o salvoconducto. Sin embargo, este derecho puede ser limitado por un juez si cometes un delito o tienes una deuda civil, o por las autoridades si hay leyes sobre migración, enfermedades contagiosas o extranjeros que sean considerados peligrosos. También tienes derecho a pedir asilo en México si huyes de peligros en tu país. El gobierno reconocerá a los refugiados o dará asilo político solo si cumples con lo que dicen los tratados internacionales y las leyes mexicanas.
Texto oficial
Artículo 11. Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país. Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo. El reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político, se realizarán de conformidad con los tratados internacionales. La ley regulará sus procedencias y excepciones. Párrafo reformado DOF 15-08-2016 Artículo reformado DOF 10-06-2011
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.