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Ley
CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
11

Artículo 11 de la CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes derecho a entrar y salir de México, viajar por todo el país y cambiar de domicilio sin que te pidan documentos como cartas de seguridad, pasaporte o salvoconducto. Sin embargo, este derecho puede ser limitado por un juez si cometes un delito o tienes una deuda civil, o por las autoridades si hay leyes sobre migración, enfermedades contagiosas o extranjeros que sean considerados peligrosos. También tienes derecho a pedir asilo en México si huyes de peligros en tu país. El gobierno reconocerá a los refugiados o dará asilo político solo si cumples con lo que dicen los tratados internacionales y las leyes mexicanas.

Texto oficial

Artículo 11. Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país. Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo. El reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político, se realizarán de conformidad con los tratados internacionales. La ley regulará sus procedencias y excepciones. Párrafo reformado DOF 15-08-2016 Artículo reformado DOF 10-06-2011

Ver texto oficial de la CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 18) ↗

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