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Ley
CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
58

Artículo 58 de la CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser senador necesitas los mismos requisitos que para ser diputado, con una sola diferencia: la edad. Debes tener al menos 25 años cumplidos el día de la elección, mientras que para diputado solo piden 21. Esto significa que si quieres aspirar al Senado, tienes que esperar a cumplir los 25 años antes de que se vote.

Texto oficial

Artículo 58. Para ser senador se requieren los mismos requisitos que para ser diputado, excepto el de la edad, que será la de 25 años cumplidos el día de la elección. Artículo reformado DOF 29-04-1933, 14-02-1972, 29-07-1999

Ver texto oficial de la CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 65) ↗

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