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Artículo 108 del CÓDIGO Penal Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si una persona comete varios delitos al mismo tiempo, el tiempo para que el gobierno pueda investigarlo o castigarlo se contará igual que el del delito más grave. Esto significa que no vencen por separado, sino que todos dependen de la pena más alta. Por ejemplo, si robas y golpeas a alguien en el mismo acto, el plazo para que prescriba el caso será el del delito con mayor castigo. Así se evita que unos delitos dejen de perseguirse antes que otros.

Texto oficial

Artículo 108.- En los casos de concurso de delitos, las acciones penales que de ellos resulten, prescribirán cuando prescriba la del delito que merezca pena mayor. Fe de erratas al artículo DOF 31-08-1931. Reformado DOF 23-12-1985

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.