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Ley
CÓDIGO Penal Federal
Artículo
144

Artículo 144 del CÓDIGO Penal Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 144 dice que solo hay cuatro tipos de delitos que se consideran "políticos": la rebelión (cuando te levantas en armas contra el gobierno), la sedición (cuando intentas derrocar a las autoridades sin usar armas, pero con violencia), el motín (un grupo que se amotina para causar desorden público) y la conspiración para cometer cualquiera de estos tres. Esto es importante porque los delitos políticos tienen reglas distintas a los delitos comunes, como que no se castigan con la misma dureza o pueden tener indulto.

Texto oficial

Artículo 144.- Se consideran delitos de carácter político los de rebelión, sedición, motín y el de conspiración para cometerlos. Artículo reformado DOF 15-01-1951, 29-07-1970

Ver texto oficial del CÓDIGO Penal Federal (pág. 42) ↗

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