Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CPF/17
Ley
CÓDIGO Penal Federal
Artículo
17

Artículo 17 del CÓDIGO Penal Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien comete un delito, puede haber razones que lo disculpen, como defenderse o estar obligado a hacerlo. Este artículo dice que esas razones (llamadas "causas de exclusión") deben revisarse y decidirse automáticamente por las autoridades, o si el acusado o su abogado lo piden. Y esto se puede hacer en cualquier momento del proceso, no solo al principio. O sea, si durante el juicio sale a la luz algo que demuestre que no había delito, se tiene que analizar.

Texto oficial

Artículo 17.- Las causas de exclusión del delito se investigarán y resolverán de oficio o a petición de parte, en cualquier estado del procedimiento. Artículo reformado DOF 10-01-1994 CAPITULO V Concurso de Delitos Denominación del Capítulo reformada DOF 13-01-1984

Ver texto oficial del CÓDIGO Penal Federal (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.