- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 180
Artículo 180 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien usa la fuerza, amenazas o asusta a un policía o autoridad para evitar que haga su trabajo, o para resistirse a una orden legal que le den, puede ir a la cárcel de uno a dos años y pagar una multa de entre 10 y 1,000 pesos. Esto aplica cuando la orden de la autoridad es legal y se está cumpliendo como debe ser. Básicamente, no te puedes oponer a golpes o amenazas si un agente te pide algo que está dentro de la ley.
Texto oficial
Artículo 180.- Se aplicarán de uno a dos años de prisión y multa de diez a mil pesos: al que, empleando la fuerza, el amago o la amenaza, se oponga a que la autoridad pública o sus agentes ejerzan alguna de sus funciones o resista al cumplimiento de un mandato legítimo ejecutado en forma legal. Fe de erratas al artículo DOF 31-08-1931
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.