- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 206
Artículo 206 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 206 dice que el lenocinio, que es cuando alguien se aprovecha económicamente de la prostitución de otra persona (como ser su padrote o explotarla), se castiga con la cárcel. La persona culpable va a prisión de dos a nueve años y también tiene que pagar una multa, que va de 50 a 500 días de salario mínimo. Eso significa que, en vez de darle dinero directo al gobierno por un monto fijo, se calcula según lo que gana en un día.
Texto oficial
Artículo 206.- El lenocinio se sancionará con prisión de dos a nueve años y de cincuenta a quinientos días multa. Artículo reformado DOF 03-01-1989, 27-03-2007
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