- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 217 Ter
Artículo 217 Ter del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de un delito llamado "remuneración ilícita", que es cuando alguien del gobierno (servidor público) paga o firma un cheque, nómina o comprobante por un sueldo, pensión, jubilación, préstamo o liquidación que no está autorizado según la ley de sueldos de servidores públicos. También comete este delito la persona que recibe ese dinero sabiendo que es ilegal y no lo reporta a tiempo, aunque hay excepciones para trabajadores de base o tropa del ejército que no tengan puestos de mando. En pocas palabras, tanto el que paga algo indebido como el que lo recibe a sabiendas pueden meterse en problemas legales.
Texto oficial
Artículo 217 Ter. Además de las responsabilidades administrativa y política, incurre en el delito de remuneración ilícita: I. El servidor público que apruebe o refrende el pago, o que suscriba el comprobante, cheque, nómina u orden de pago, de una remuneración, retribución, jubilación, pensión, haber de retiro, liquidación por servicios prestados, préstamo o crédito, no autorizado de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos; II. Quien reciba un pago indebido en los términos de la fracción anterior sin realizar el reporte dentro del plazo señalado en el artículo 5 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, teniendo conocimiento de la ilicitud del acto, excepto cuando forme parte del personal de base y supernumerario de las entidades públicas que no tenga puesto de mando medio o superior, así como el personal de tropa y clases de las fuerzas armadas, o en los casos considerados por el mismo artículo 5 de la mencionada Ley como falta administrativa no grave. Artículo adicionado DOF 05-11-2018. Artículo y numeral reformado (antes artículo 217 Bis) DOF 12-04-2019
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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