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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CPF/229
Ley
CÓDIGO Penal Federal
Artículo
229

Artículo 229 del CÓDIGO Penal Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los doctores que aceptan por escrito hacerse responsables de atender a una persona herida o enferma y luego la abandonan sin una razón válida y sin avisar rápido a las autoridades, les aplica la misma sanción que dice el artículo anterior. En palabras simples, si un médico dice “yo me encargo” de un paciente y luego lo deja tirado sin justificación ni aviso, se mete en problemas legales. No importa si el doctor ya empezó el tratamiento: si lo deja a medias sin motivo, comete una falta.

Texto oficial

Artículo 229.- El artículo anterior se aplicará a los médicos que habiendo otorgado responsiva para hacerse cargo de la atención de un lesionado o enfermo, lo abandonen en su tratamiento sin causa justificada, y sin dar aviso inmediato a la autoridad correspondiente.

Ver texto oficial del CÓDIGO Penal Federal (pág. 88) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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