- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 229
Artículo 229 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los doctores que aceptan por escrito hacerse responsables de atender a una persona herida o enferma y luego la abandonan sin una razón válida y sin avisar rápido a las autoridades, les aplica la misma sanción que dice el artículo anterior. En palabras simples, si un médico dice “yo me encargo” de un paciente y luego lo deja tirado sin justificación ni aviso, se mete en problemas legales. No importa si el doctor ya empezó el tratamiento: si lo deja a medias sin motivo, comete una falta.
Texto oficial
Artículo 229.- El artículo anterior se aplicará a los médicos que habiendo otorgado responsiva para hacerse cargo de la atención de un lesionado o enfermo, lo abandonen en su tratamiento sin causa justificada, y sin dar aviso inmediato a la autoridad correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.